martes, 11 de noviembre de 2008

Legalese y Translationese

Ayer cuando creé esta bitácora estuve pensando el primer tema "serio" que podría colgar y me acordé de un tema que me resultó interesante días atrás cuando leía el manífico libro de Susan Berk-Seligson, The Bilingual Courtroom (una obra muy interesante de la que ya hablaré en otro post más adelante). Se trata de la comparación de términos que se han creado en el Derecho norteamericano y en la teoría de la traducción: Legalese y Translationese, respectivamente. Son términos que provienen de la sociolingüística y que materializan lo que esta disciplina mencionó a la hora de analizar los usos de la lengua que hacen los hablantes, es decir, que cada uno utiliza ciertos estilos o modos de hablar distintos (con diferencias tanto gramáticales como léxicas patentes) dependiendo de la situación en la que se encuentre. De ahí se deriva que los profesionales del Derecho utilizarían inconscientemente una jerga determinada con unas normas características para comunicarse en un entorno especializado: el Legalese.
Sin embargo, con el Translationese sucede algo diferente, a pesar de que en un primer lugar surja de la misma idea de un uso de los profesionales en su entorno. Y es que en la traducción se analizan los rasgos similares que puedan mostrar traducciones sin errores y que denoten cierto uso del lenguaje característico de las traducciones y que las diferencie claramente del original. Además, mientras que la existencia del Legalese está claramente establecida ya, el Translationese está en un estado inicial y todavía falta mucho que estudiar y analizar.
Aún así, a título personal, la idea me parece inquietante e interesante para el marco en el que nos encontramos si se llegase a crear una comparación de ambos fenómenos lingüísticos.

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